Desde el 1 de enero de 2022, con la implementación del CFDI 4.0, el proceso de cancelación de facturas cambió drásticamente. Ya no es posible cancelar libremente — el receptor tiene el derecho de aceptar o rechazar la cancelación, y existen plazos estrictos.
Plazos para cancelar
| Plazo | Condición |
|---|---|
| Mismo día | Sin restricciones de monto ni motive |
| Hasta el 17 del mes siguiente | Sin necesidad de aceptación del receptor (para CFDI del mes anterior) |
| Después del mes siguiente | El receptor debe aceptar la cancelación en su portal SAT |
| Hasta el 31 de enero del año siguiente | Para CFDI del ejercicio fiscal anterior |
Motivos de cancelación (obligatorio desde CFDI 4.0)
Al cancelar, debes seleccionar uno de estos motivos:
- 01: Comprobante emitido con errores con relación
- 02: Comprobante emitido con errores sin relación
- 03: No se llevó a cabo la operación
- 04: Operación nominativa relacionada en factura global
Si seleccionas el motivo 01 (error con relación), debes indicar el folio del CFDI sustituto que reemplaza a la factura cancelada.
Pasos para cancelar desde el portal SAT
- Entra a Consulta de CFDI en el SAT.
- Inicia sesión con RFC y contraseña o e.firma.
- Selecciona "Cancelar CFDI".
- Ingresa el UUID (folio fiscal) del CFDI a cancelar.
- Selecciona el motivo de cancelación.
- Si el motivo es 01, ingresa el UUID del CFDI que lo sustituye.
- Confirma con tu contraseña o e.firma.
Cancelar desde un PAC
Si usas un PAC (software de facturación), el proceso es similar: busca el CFDI, selecciona "Cancelar", elige el motivo y confirma. El PAC se encarga de notificar al SAT.
¿Qué pasa si el receptor rechaza la cancelación?
Si el receptor rechaza tu solicitud de cancelación, el CFDI permanece vigente. En ese caso, debes negociar directamente con el receptor. El SAT no puede forzar la cancelación si el receptor la rechazó.